Preguntas Frecuentes
¿Cuáles son los requisitos medioambientales que deben cumplir las fábricas de barras corrugadas S y SD y las fábricas de perfiles estructurales de acero con Marca AENOR N?
• Todas las calidades, formas y grados de acero que se fabriquen deben ser obtenidas a partir de la fusión, afino y laminado en caliente de chatarra de hierro en porcentaje superior al 80%. Una vez finalizado el ciclo de vida del producto, debe poder ser de nuevo reutilizado al 100 % como materia prima.
• La empresa licenciataria instalará, operará y mantendrá un sistema de vigilancia y control del material radiactivo en las materias primas, subproductos y durante el proceso de producción. Se deberá tener establecido un procedimiento de control conforme a la “Guía de Seguridad de Control Radiológico de Actividades de Recuperación y Reciclado de Chatarras” del Consejo de Seguridad Nuclear.
• Al menos el 50% de las escorias se aprovechan.
• Los derechos de emisión de gases de efecto invernadero (GEI) deberán cumplir con las limitaciones establecidas en el protocolo de Kioto o los acuerdos internacionales que lo sustituyan. La Instalación debe contar con un Informe de Verificación de las emisiones de GEI y cumplir con los requisitos legales derivados de la Autorización de Emisión de la que es titular. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de Octubre de 2003, así como en la normativa comunitaria que la sustituya o desarrolle.
Estos requisitos son comprobados y verificados en las inspecciones periódicas que se realizan a las fábricas licenciatarias de la Marca AENOR N.