Preguntas Frecuentes

¿Cuáles son los requisitos medioambientales que deben cumplir las fábricas de barras corrugadas S y SD y las fábricas de perfiles estructurales de acero con Marca AENOR N?

• Todas las calidades, formas y grados de acero que se fabriquen deben ser obtenidas a partir de la fusión, afino y laminado en caliente de chatarra de hierro en porcentaje superior al 80%. Una vez finalizado el ciclo de vida del producto, debe poder ser de nuevo reutilizado al 100 % como materia prima.

• La empresa licenciataria instalará, operará y mantendrá un sistema de vigilancia y control del material radiactivo en las materias primas, subproductos y durante el  proceso  de  producción.  Se  deberá  tener establecido un procedimiento de control conforme a la “Guía  de  Seguridad  de  Control  Radiológico  de Actividades  de  Recuperación  y  Reciclado  de Chatarras” del Consejo de Seguridad Nuclear.

• Al menos el 50% de las escorias se aprovechan.

• Los derechos de emisión de gases de efecto invernadero (GEI) deberán cumplir con las limitaciones establecidas en el protocolo de Kioto o los acuerdos internacionales que lo sustituyan. La Instalación debe contar con un Informe de Verificación de las emisiones de GEI y cumplir con los requisitos legales derivados de la  Autorización  de  Emisión  de  la  que  es  titular.  Todo ello  de  conformidad  con  lo  dispuesto  en  la  Directiva 2003/87/CE  del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13  de  Octubre  de  2003,  así  como  en  la  normativa comunitaria que la sustituya o desarrolle.

Estos requisitos son comprobados y verificados en las inspecciones periódicas que se realizan a las fábricas licenciatarias de la Marca AENOR N.

 

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